Corte IDH concluye primera audiencia de su historia sobre aborto

Por Alberto Peña | AFP.-

La Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó este jueves la primera audiencia de su historia relacionada con el aborto en el caso «Beatriz vs. El Salvador», luego de que se prohibiera a la mujer interrumpir su embarazo pese a existir riesgo vital.

Ahora el caso queda pendiente de la deliberación de la Corte, con sede en San José, para emitir sentencia en aproximadamente seis meses.

Beatriz, cuyo verdadero nombre se desconoce, fue diagnosticada en 2013 con la enfermedad autoinmune lupus eritematoso sistémico. Posteriormente se le negó un aborto pese al riesgo que corría y a que el feto presentaba anencefalia, la ausencia de desarrollo del cerebro durante la gestación.

Las autoridades le negaron el aborto pese a la inviabilidad del feto. Ochenta y un días después los médicos finalmente le practicaron una cesárea. El bebé murió luego de cinco horas.

Beatriz murió en 2017 en un accidente de tráfico. La Corte dio inicio en 2022 al caso «Beatriz vs. El Salvador», el país con una de las legislaciones más restrictivas del mundo sobre el aborto, prohibido en todos los casos bajo penas de cárcel de entre dos y ocho años, según la organización Human Rights Watch (HRW).

Además, los tribunales salvadoreños tipifican habitualmente el aborto como homicidio agravado, lo que eleva la condena a entre 30 y 50 años de prisión.

En América Latina el aborto es legal en Argentina, Colombia, Cuba, Uruguay y en algunos estados de México. En Chile es ilegal con la excepción de riesgo para la salud de la madre, violación o malformaciones en el feto.

En El Salvador, Honduras, Nicaragua, Haití y República Dominicana está absolutamente prohibido.

Despenalizar el aborto

La abogada Gisela de León, del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) y representante de la familia, explicó en la audiencia que la posición de El Salvador «parte de la protección absoluta del derecho a la vida del no nacido invisibilizando por completo los derechos de las mujeres».

Para De León, el Estado considera el aborto una conducta «dolosa» que «pretende eliminar la vida de los no nacidos» y por lo «criminaliza».

«El Estado tiene que adoptar medidas entre las que se encuentran la despenalización del aborto», aseveró.

«Lo que de verdad queremos es que otras mujeres no sufran lo que mi hermana tuvo que pasar. A futuro eso también viene a abrir un camino (…) para tener la oportunidad de que las mujeres puedan tener una oportunidad y no ser como mi hermana, que se le negó» el aborto, dijo a la AFP el hermano de Beatriz, Humberto (nombre ficticio), de 30 años.

Interferencia del Estado

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) participó en el juicio como fiscalía, tras haber investigado el caso en primera instancia y expresar que «el Estado no puede interferir arbitrariamente» en la decisión de las mujeres sobre su reproducción.

La secretaria ejecutiva de la Comisión, Tania Reneaum, explicó que El Salvador «incurrió en responsabilidad por omisión» ya que la legalidad «no garantizó el acceso a la interrupción del embarazo».

«Los derechos a la vida, integridad personal, salud y vida privada que podrían verse beneficiados durante la interrupción del embarazo fueron limitados en vista de la tipificación del delito de aborto», afirmó Julissa Mantilla, comisionada relatora de la CIDH para El Salvador.

El doctor que atendió a Beatriz en su embarazo, el ginecólogo Guillermo Ortiz, dijo a AFP que la junta médica determinó que «sí había que hacer un aborto en ese momento (12 semanas de embarazo) para evitar que tuviera un daño en su salud o incluso pudiese morir».

Derecho a la vida

Desde la defensa del Estado salvadoreño, la abogada Juana Acosta destacó que el aborto implica «una conducta dolosa» ya que «cuando la intención buscada directa es destruir al no nacido o buscar su muerte ahí se concreta la causal penal».

Junta ella expuso la abogada Ana María Hidalgo, quien alegó que la Convención Americana de Derechos Humanos determina que todas las personas son consideradas «seres humanos sin distinción».

«Este caso involucra dos seres humanos, y por lo tanto dos personas titulares de los derechos convencionales, Beatriz y su hija», destacó Hidalgo para dar a entender que el derecho a la vida es intrínseco al ser humano y que el feto de Beatriz, por el hecho de ser considerado ser humano, tiene derecho a la vida.

Y preguntó al tribunal que si el feto «se considera no humano, ¿a cuál otra especie pertenece?».

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